¿Qué ocurre si mi empleador no paga el finiquito a tiempo?

¿Qué ocurre si mi empleador no paga el finiquito a tiempo?
Kiara Anaís Jiménez • 5 min de lectura

Finiquito fuera de plazo: ¿qué derechos tiene el trabajador?

El término de una relación laboral genera diversas obligaciones para el empleador, entre ellas, otorgar el finiquito y poner a disposición del trabajador las sumas que legalmente correspondan. Sin embargo, en ocasiones transcurre el plazo establecido por la ley sin que el trabajador reciba el documento o pueda acceder al pago de las prestaciones adeudadas.

Frente a esta situación, es fundamental conocer el plazo legal para el pago del finiquito, las consecuencias que genera su incumplimiento y los mecanismos disponibles para exigir las sumas pendientes, especialmente cuando existen remuneraciones, indemnizaciones u otras prestaciones derivadas del término del contrato.

¿Cuál es el plazo legal para pagar el finiquito?

El artículo 177 del Código del Trabajo establece que el empleador debe otorgar el finiquito y poner su pago a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a su separación. Para calcular este plazo se consideran los días de lunes a sábado, excluyendo los domingos y festivos.

Esta obligación exige que el empleador cumpla oportunamente con la entrega del documento y la puesta a disposición de las sumas correspondientes. Sin embargo, debe distinguirse entre la obligación del empleador y la decisión del trabajador de suscribir el finiquito, puesto que este último no se encuentra obligado a firmarlo dentro del mismo plazo de 10 días hábiles.

Por consiguiente, cuando el trabajador decide revisar el documento antes de suscribirlo, ello no constituye necesariamente un incumplimiento del empleador, siempre que este haya cumplido oportunamente sus obligaciones legales. Distinta es la situación cuando el finiquito no se encuentra disponible o las sumas correspondientes no han sido puestas a disposición dentro del plazo establecido.

¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento del plazo legal?

Cuando el empleador no otorga el finiquito o no pone oportunamente su pago a disposición del trabajador, incurre en un incumplimiento del artículo 177 del Código del Trabajo. Esta situación puede dar lugar a una fiscalización de la Inspección del Trabajo y a la aplicación de multas administrativas, sin perjuicio de las acciones judiciales destinadas al cobro de las prestaciones adeudadas.

No obstante, es importante precisar que el retraso en el pago del finiquito no genera automáticamente una indemnización adicional a favor del trabajador. Las consecuencias económicas dependerán de la naturaleza de las prestaciones pendientes y de las disposiciones legales aplicables, especialmente aquellas que regulan reajustes, intereses e incrementos judiciales.

En este sentido, los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo regulan la aplicación de reajustes e intereses a las remuneraciones e indemnizaciones adeudadas, según corresponda. Por tanto, el transcurso del tiempo puede incrementar el monto exigible, aunque ello no significa que cualquier retraso origine, por sí solo, una indemnización sancionatoria.

¿Qué puede hacer el trabajador si no recibe su finiquito?

Ante el incumplimiento del plazo legal, el trabajador puede presentar un reclamo ante la Inspección del Trabajo, solicitando que se revise la situación y se cite al empleador a un comparendo de conciliación. Esta instancia permite abordar las prestaciones adeudadas, las diferencias de cálculo y la posibilidad de alcanzar un acuerdo para regularizar las obligaciones pendientes.

Si no existe acuerdo o el empleador persiste en su incumplimiento, el trabajador podrá recurrir a los tribunales competentes para exigir el pago de las sumas adeudadas. La acción judicial dependerá de los antecedentes del caso, la existencia de un título ejecutivo y la naturaleza de las prestaciones reclamadas.

Para respaldar estas gestiones, es recomendable conservar la documentación relacionada con la relación laboral y su término, especialmente:

  • Contrato de trabajo y sus respectivos anexos.
  • Carta de aviso de término del contrato, cuando corresponda.
  • Últimas 3 o 6 liquidaciones de remuneraciones.
  • Comunicaciones relacionadas con la entrega y el pago del finiquito.
  • Propuesta de finiquito y comprobantes de pagos, si existen.

Estos antecedentes permiten identificar las prestaciones pendientes, determinar posibles diferencias y acreditar las circunstancias relacionadas con el incumplimiento del empleador. Asimismo, resulta recomendable solicitar orientación jurídica antes de iniciar acciones judiciales, considerando que los procedimientos y plazos aplicables pueden variar según la naturaleza de la reclamación.

¿Puede el empleador pagar el finiquito en cuotas?

El artículo 177 del Código del Trabajo permite que las partes acuerden el pago en cuotas de las sumas correspondientes al finiquito, de conformidad con los artículos 63 bis y 169 del mismo cuerpo legal. Sin embargo, este mecanismo requiere el consentimiento del trabajador, por lo que el empleador no puede imponer unilateralmente un pago fraccionado de las prestaciones adeudadas.

En este sentido, el artículo 169 letra a) del Código del Trabajo establece que, cuando las partes acuerdan el pago fraccionado de las indemnizaciones, las cuotas deberán considerar los reajustes e intereses correspondientes, y dicho acuerdo deberá ser ratificado ante la Inspección del Trabajo. Asimismo, dispone que el incumplimiento de una sola cuota hará inmediatamente exigible la totalidad de la deuda pendiente, sin perjuicio de la multa administrativa que corresponda.

Por otra parte, cuando el contrato termina por necesidades de la empresa, conforme al artículo 161, inciso primero, del Código del Trabajo, y el empleador no paga las indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva del aviso previo que correspondan, el artículo 169 letra a) permite al trabajador exigir su cumplimiento mediante un procedimiento ejecutivo laboral, utilizando como título ejecutivo la carta de aviso de término del contrato. En este procedimiento, el tribunal podrá incrementar las indemnizaciones impagas hasta en un 150%, atendidas las circunstancias del caso.

En consecuencia, antes de aceptar un pago en cuotas, el trabajador debe revisar las condiciones del acuerdo, los montos comprometidos y las fechas de vencimiento, considerando que su incumplimiento permite exigir inmediatamente el saldo pendiente y ejercer las acciones judiciales correspondientes para obtener el pago de las prestaciones adeudadas.

¿Qué sucede si el trabajador no está de acuerdo con el monto del finiquito?

El cumplimiento del plazo legal no garantiza necesariamente que las cantidades ofrecidas por el empleador sean correctas. Pueden existir diferencias relacionadas con indemnizaciones por años de servicio, remuneraciones pendientes, feriado legal o proporcional, comisiones u otras prestaciones que deban incorporarse al documento.

En estos casos, el trabajador puede evaluar la posibilidad de suscribir el finiquito con reserva de derechos, identificando expresamente las materias que pretende reclamar posteriormente. De acuerdo con el artículo 177 del Código del Trabajo, el poder liberatorio del finiquito se limita a las materias respecto de las cuales exista acuerdo entre las partes.

Por esta razón, antes de firmar, resulta fundamental revisar el contenido del documento, comprobar que las cantidades correspondan a las prestaciones efectivamente adeudadas y determinar si existen diferencias que deban reservarse. La firma de un finiquito sin las reservas pertinentes puede dificultar reclamaciones posteriores respecto de materias expresamente acordadas.

Conclusión  

El empleador tiene la obligación de otorgar el finiquito y poner su pago a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de la relación laboral. El incumplimiento de este plazo puede generar multas administrativas y dar lugar a acciones judiciales para obtener el pago de las prestaciones pendientes, con los reajustes, intereses e incrementos que legalmente correspondan.

Por ello, cuando el trabajador no recibe oportunamente su finiquito, resulta fundamental revisar los antecedentes de su desvinculación, identificar las cantidades adeudadas y ejercer las acciones correspondientes dentro de los plazos legales.

En Retamales Kowalski Abogados contamos con experiencia en derecho laboral y representación de trabajadores, brindando asesoría jurídica en materias relacionadas con el término del contrato, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales.

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