El aguinaldo es una de las retribuciones económicas más valoradas por los trabajadores, tanto del sector público como privado, pues representa un ingreso adicional a las remuneraciones mensuales, que puede ser destinado a la celebración de festividades especiales u otros fines. Este beneficio es otorgado principalmente en Navidad y Fiestas Patrias por una gran parte de las empresas en Chile.
Si bien en el sector público el aguinaldo es obligatorio en virtud de la Ley 20.313, que otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos y otros beneficios que indica, en el sector privado su entrega depende de dos supuestos:
- Que haya sido pactado en el contrato de trabajo o en un proceso de negociación colectiva.
- Que la empresa lo haya otorgado en años anteriores, lo cual genera un derecho adquirido para los trabajadores (cláusula tácita).
¿Qué es el aguinaldo?
El aguinaldo es un beneficio económico, en dinero o en especie, adicional a las remuneraciones mensuales, otorgado por el empleador con motivo de Fiestas Patrias o celebraciones navideñas. En el sector público, su obligatoriedad se extiende a pensionistas a cargo del Estado, servidores de la policía nacional y las fuerzas armadas. En el sector privado, su obligatoriedad solo se activa si cumple con los supuestos antes mencionados.
¿El aguinaldo es imponible?
Sí, el aguinaldo es imponible y tributable. De acuerdo con la Dirección del Trabajo, el aguinaldo constituye una contraprestación en dinero o en especie que percibe el trabajador con motivo de alguna festividad. Por esta razón, adquiere el carácter de remuneración según lo definido en el artículo 41 del Código del Trabajo, que establece:
“Se entiende por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo”.
En consecuencia, el aguinaldo otorgado en el sector privado:
- Es considerado remuneración imponible.
- Está afecto a cotizaciones previsionales y de salud.
- Está sujeto al Impuesto Único de Segunda Categoría, según lo establecido en la Circular N° 66, de 20.05.1977, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Ejemplos de beneficios afectos al Impuesto Único de Segunda Categoría
Hay beneficios que deben tratarse como una mayor renta afecta al Impuesto Único de Segunda Categoría, entre los que se incluyen:
- Aguinaldos de Fiestas Patrias, Navidad, etc.
- Bonos de vacaciones.
- Pagos a título de mayor asignación familiar.
- Premios de estímulo por antigüedad, productividad, eficiencia, etc.
Excepciones
El aguinaldo otorgado a pensionados o trabajadores del sector público no es imponible ni tributable, lo que puede generar confusión al momento de aplicar las normativas. Sin embargo, en el caso de trabajadores de empresas privadas, el beneficio siempre debe considerarse como renta afecta a cotizaciones e impuestos.
Consideraciones para la gratificación legal
Es importante destacar que, para efectos de calcular la gratificación legal establecida en el artículo 50 del Código del Trabajo, los aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias no deben incluirse en la base de cálculo. Esto se debe a que dichos beneficios no tienen carácter mensual, ya que son otorgados y liquidados una vez al año en conjunto con la remuneración correspondiente al mes de su entrega. Por tanto, quedan excluidos como emolumentos para el cálculo de la gratificación legal.
Conclusión
En el ámbito privado, el aguinaldo tiene el carácter de remuneración imponible y tributable, sujeto a las deducciones legales correspondientes. Por su parte, los aguinaldos entregados a pensionados y empleados del sector público quedan exentos de estas obligaciones, marcando una clara diferenciación en el tratamiento de este beneficio según el tipo de empleador y destinatario. Asimismo, beneficios como bonos de vacaciones, pagos por mayor asignación familiar y premios de estímulo también están sujetos al Impuesto Único de Segunda Categoría, subrayando la importancia de una correcta gestión tributaria por parte de las empresas.


