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Asesoría Trabajador

En RK Abogados tomamos tu caso a resultado, porque creemos en la justicia y en tu derecho a ser escuchado. Te acompañamos con cercanía y rigor en conflictos laborales de toda índole, desde despidos injustificados hasta negociaciones colectivas, con un enfoque humano, técnico y orientado a soluciones efectivas y sostenibles.

Nuestros Servicios para Trabajadores

Sabemos que enfrentar un problema laboral puede ser difícil. En RK Abogados te acompañamos en cada paso, entregándote apoyo legal, claridad y soluciones concretas para proteger tus derechos y tu tranquilidad.

Si fuiste despedido y consideras que no existe una causa legal que lo justifique, puedes demandar para obtener las indemnizaciones que establece el Código del Trabajo, ya sea porque tu empleador invocó indebidamente una causal del artículo 160, o porque no señaló ninguna causal válida. Entre las causales más frecuentes se encuentran:

  • Falta de probidad o acoso: conductas graves como la deshonestidad, el acoso sexual o laboral, las injurias o actos violentos contra el empleador o compañeros de trabajo.
  • Negociaciones prohibidas: realizar actividades comerciales dentro del giro de la empresa cuando el contrato lo prohíbe expresamente.
  • Inasistencias injustificadas: no concurrir al trabajo sin causa por dos días seguidos, dos lunes en el mes o tres días en total dentro del mismo período.
  • Abandono del trabajo: salir sin autorización durante la jornada o negarse a cumplir las labores convenidas sin justificación.
  • Actos imprudentes o temerarios: acciones u omisiones que pongan en riesgo la seguridad, el funcionamiento de la empresa o la salud de los trabajadores.
  • Daño intencional: causar de forma deliberada perjuicios materiales a instalaciones, herramientas o productos.
  • Incumplimiento grave del contrato: no cumplir las obligaciones esenciales pactadas en el contrato de trabajo.

Si tu despido no se ajusta a estas causales, o si fue arbitrario o sin fundamento, puedes exigir una indemnización sustitutiva, tus años de servicio y los recargos legales correspondientes por despido injustificado.

La tutela laboral protege los derechos fundamentales del trabajador dentro de la relación laboral, tales como el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, la libertad de expresión, la igualdad y no discriminación, y la libertad de trabajo y su libre elección, entre otros.

Si has sido víctima de acoso, discriminación, represalias, trato degradante o vulneración de tus derechos, puedes interponer una demanda de tutela laboral. La ley permite obtener una indemnización de hasta once remuneraciones, además de las compensaciones correspondientes por tus años de servicio, cuando la vulneración ocurre con ocasión o a consecuencia del despido.

Este procedimiento, regulado en el artículo 485 del Código del Trabajo, busca restablecer tus derechos y sancionar cualquier abuso en el ejercicio de las facultades del empleador cuando éstas se ejerzan de forma arbitraria, desproporcionada o sin justificación suficiente.

El autodespido o despido indirecto es el derecho que tiene el trabajador a poner término a su contrato cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones legales o contractuales, como no pagar sueldos, modificar unilateralmente las condiciones de trabajo, ejercer malos tratos o vulnerar derechos fundamentales.

En estos casos, el trabajador puede demandar al empleador ante el tribunal laboral dentro de un plazo de sesenta días hábiles desde el término de la relación, solicitando las mismas indemnizaciones que en un despido injustificado, aumentadas con los recargos legales que establece la ley.

De acuerdo con el Código del Trabajo, si el incumplimiento corresponde a las causales del artículo 160 N° 7 (incumplimiento grave del contrato), la indemnización puede incrementarse en un 50%, y hasta en un 80% si se trata de las causales de los números 1 o 5 (faltas graves de probidad o actos que afecten la seguridad o el funcionamiento de la empresa).

El autodespido permite al trabajador romper la relación laboral de forma legítima y con derecho a las indemnizaciones correspondientes, protegiendo así su dignidad, estabilidad económica y el cumplimiento de sus derechos laborales esenciales.

Si tu empleador te adeuda sueldos, horas extra, bonos, comisiones, cotizaciones, finiquito o cualquier prestación laboral, tienes derecho a exigir su pago judicialmente, incluso si tu contrato sigue vigente. En RK Abogados te asistimos en la interposición y ejecución de demandas laborales, haciendo valer tus derechos y logrando que las obligaciones del empleador se cumplan efectivamente.

El Código del Trabajo reconoce como títulos ejecutivos laborales las sentencias, conciliaciones, transacciones, finiquitos y actas autorizadas por la Inspección del Trabajo. Esto significa que, una vez acreditada la deuda, el cobro puede hacerse de manera directa mediante un procedimiento de ejecución, sin necesidad de iniciar un nuevo juicio.

Nuestro equipo te acompaña en todo el proceso —desde la gestión previa hasta la ejecución judicial— para que recibas lo que legítimamente te corresponde.

Si sufriste un accidente laboral o desarrollaste una enfermedad profesional como consecuencia directa de tu trabajo, tienes derecho a exigir una indemnización por los daños físicos, psicológicos y económicos sufridos. Este procedimiento judicial permite obtener una compensación proporcional al perjuicio causado y busca garantizar tu recuperación y estabilidad.

El Código del Trabajo y la Ley N°16.744 establecen que estas acciones prescriben en cinco años desde la fecha del accidente o del diagnóstico de la enfermedad, y en quince años tratándose de la neumoconiosis.

En RK Abogados analizamos tu caso, reunimos la evidencia necesaria y te representamos ante los tribunales para que recibas la reparación que la ley te reconoce por los daños derivados de tu trabajo.

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